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NOTA DE PRENSA

Cuentas anuales del Banco Central Europeo del ejercicio 2004

14 de marzo de 2005

El Consejo de Gobierno del Banco Central Europeo (BCE) aprobó el 11 de marzo de 2005 las cuentas anuales auditadas del BCE para el ejercicio 2004.

El BCE registró en el 2004 una pérdida neta de 1.636 millones de euros, frente una la pérdida neta de 477 millones de euros en el 2003. Como en el ejercicio anterior, la pérdida obedeció principalmente a la evolución de los tipos de cambio que repercutió negativamente sobre el valor, expresado en euros, de sus tenencias de activos en moneda extranjera, principalmente los denominados en dólares estadounidenses.

En la normativa contable del BCE se presta especial atención al principio de prudencia. En consecuencia, las pérdidas no realizadas por revaluación de los activos del BCE en moneda extranjera y del oro, debidas a variaciones de los precios de mercado y del tipo de cambio, se consideran realizadas y se registran en la cuenta de pérdidas y ganancias al finalizar el ejercicio. Sin embargo, las ganancias no realizadas por revalorización de los activos del BCE en moneda extranjera y oro debidas a variaciones del tipo de cambio y de los precios de mercado no se registran como ingresos, sino que se traspasan directamente a cuentas de revalorización. En el 2004, la apreciación del euro se tradujo en pérdidas netas no realizadas por diferencia de tipo de cambio cercanas a los 2,1 mm de euros.

Los ingresos ordinarios del BCE proceden principalmente del rendimiento de sus tenencias de activos exteriores de reserva y de su capital desembolsado de 4,1 mm de euros, y de los ingresos por intereses procedentes de su participación del 8% en los billetes en euros en circulación. Los reducidos tipos de interés de los activos denominados tanto en euros como en moneda extranjera repercutieron de nuevo negativamente sobre los ingresos por intereses en el 2004. El BCE obtuvo unos ingresos netos por intereses de 690 millones de euros por todos los conceptos, frente a 715 millones de euros en el 2003. Excluidos los 733 millones de euros de los intereses procedentes de su participación en los billetes en circulación, los gastos netos por intereses ascendieron a 43 millones de euros, frente al ingreso neto de 17 millones de euros correspondiente al 2003. El BCE abonó a los bancos centrales nacionales (BCN) una remuneración de 693 millones de euros por sus activos, contrapartida de las reservas en moneda extranjera transferidos al BCE.

Los gastos de administración correspondientes a salarios y otros gastos sociales, alquiler de inmuebles, bienes y servicios ascendieron a 340 millones de euros (286 millones de euros en el 2003). La dotación de una provisión por el aumento de las obligaciones del BCE relativas al fondo de pensiones, en base actuarial, constituye el factor principal que ha motivado este incremento. Los gastos por amortización de los activos fijos se cifraron en 34 millones de euros. A finales del 2004, el BCE contaba con 1.309 empleados (131 de ellos de nivel directivo), frente a los 1.213 del año anterior.

El 11 de marzo de 2005, el Consejo de Gobierno decidió compensar las pérdidas netas del BCE de 1.636 millones de euros, en primer lugar, mediante la totalidad del fondo de reserva general, que asciende a 296 millones de euros, y el resto de las pérdidas, 1.340 millones de euros, mediante los ingresos monetarios asignados a los bancos centrales nacionales correspondientes al ejercicio económico 2004, en proporción a los importes asignados a cada uno de ellos.

Las cuentas anuales se incluirán, junto con el informe de gestión correspondiente al 2004, en el Informe Anual del BCE, que se publicará el 26 de abril de 2005.

Notas

  1. Normativa contable del BCE: El Consejo de Gobierno del BCE ha establecido unos principios contables comunes para el Eurosistema, incluido el BCE, de conformidad con el artículo 26.4 de los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales (Estatutos del SEBC). Estos principios se han publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea[1]. Si bien dichas normas se basan, por lo general, en las prácticas contables aceptadas a nivel internacional, han sido diseñadas teniendo especialmente en cuenta las circunstancias específicas de los bancos centrales del Eurosistema, prestando especial atención al principio de prudencia, debido a la elevada exposición de la mayor parte de estos bancos centrales al riesgo por tipo de cambio. La aplicación de este principio de prudencia se refiere, particularmente, al distinto tratamiento contable de las ganancias y las pérdidas no realizadas, a efectos del reconocimiento de ingresos, y a la prohibición de compensar las pérdidas no realizadas en un activo con las ganancias no realizadas en otro. Se exige a todos los bancos centrales nacionales (BCN) que sigan esta normativa en lo que se refiere a la comunicación de sus operaciones como parte del Eurosistema, las cuales se incluyen en los estados financieros consolidados semanales del Eurosistema. Todos los BCN aplican, en general, de forma voluntaria los mismos principios que el BCE en la elaboración de sus propios estados financieros anuales.
  2. Remuneración de los activos exteriores de reserva transferidos al BCE: Al integrarse en el Eurosistema y transferir sus activos exteriores de reserva al BCE, cada BCN adquirió activos remunerados frente al BCE por un valor equivalente al importe transferido. El Consejo de Gobierno decidió que estos activos se denominaran en euros, y que se remunerasen en base diaria al tipo de interés de la última operación principal de financiación del Eurosistema, ajustado para tener en cuenta el rendimiento nulo del componente de oro. En el 2004, esta remuneración se tradujo en unos gastos por intereses de 693 millones de euros, frente a unos ingresos netos por intereses de 422 millones de euros devengados por los activos exteriores de reserva.
  3. Distribución de los ingresos del BCE procedentes de los billetes en euros en circulación: El Consejo de Gobierno ha decidido que estos ingresos se distribuyan por separado a los BCN de forma provisional al final de cada trimestre[2]. Se distribuirán en su totalidad a menos que el beneficio neto del BCE en el ejercicio sea inferior al importe de sus ingresos por billetes en euros en circulación, o que el Consejo de Gobierno decida reducir estos ingresos en razón de los gastos soportados por el BCE al emitir y manipular billetes en euros. Sobre la base de la estimación del resultado financiero del BCE para el ejercicio 2004, el Consejo de Gobierno decidió en diciembre del 2004:a) revocar las tres distribuciones provisionales trimestrales ya abonadas a los BCN a lo largo del ejercicio, por un importe total de 536 millones de euros;b) retener la distribución de 197 millones de euros correspondiente al último trimestre.
  4. Asignación de pérdidas: De acuerdo con el artículo 33.2 de los Estatutos del SEBC, la pérdida neta del BCE se asignará de la siguiente manera:La pérdida podrá compensarse mediante el fondo de reserva general del BCE y, si fuese necesario, y previa decisión del Consejo de Gobierno, mediante los ingresos monetarios del ejercicio económico correspondiente. Si los ingresos monetarios se destinan a compensar las pérdidas, los importes asignados a los BCN en el ejercicio económico correspondiente se reducen en proporción a su clave de participación en el capital del BCE. En su reunión del 13 de enero de 2005, el Consejo de Gobierno decidió, en principio, que compensaría la totalidad de las pérdidas del BCE correspondientes al 2004 mediante los ingresos monetarios, en la medida en que fuese necesario, una vez empleada la totalidad del fondo de reserva general. Los BCN tuvieron, por tanto, ocasión de adoptar las provisiones necesarias en sus cuentas anuales correspondientes al 2004 con anterioridad al cierre de las mismas.
  1. [1] Decisión del Banco Central Europeo, de 5 de diciembre de 2002, sobre las cuentas anuales del Banco Central Europeo (BCE/2002/11), DO L 58, 3 de marzo de 2003, p. 38.

  2. [2] Decisión del Banco Central Europeo, de 21 de noviembre de 2002, sobre la distribución de los ingresos del Banco Central Europeo procedentes de los billetes en euros en circulación a los bancos centrales nacionales de los Estados miembros participantes (BCE/2002/9), DO L 323, 28 de noviembre de 2002, p. 49.

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