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Documento 32008O0007
Guideline of the European Central Bank of 5 September 2008 amending Guideline ECB/2005/5 of 17 February 2005 on the statistical reporting requirements of the European Central Bank and the procedures for exchanging statistical information within the European System of Central Banks in the field of government finance statistics (ECB/2008/7)
Orientación del Banco Central Europeo, de 5 de septiembre de 2008 , por la que se modifica la Orientación BCE/2005/5, de 17 de febrero de 2005 , sobre las exigencias de información estadística del Banco Central Europeo y los procedimientos de intercambio de información estadística en el Sistema Europeo de Bancos Centrales, en materia de estadísticas de las finanzas públicas (BCE/2008/7)
Orientación del Banco Central Europeo, de 5 de septiembre de 2008 , por la que se modifica la Orientación BCE/2005/5, de 17 de febrero de 2005 , sobre las exigencias de información estadística del Banco Central Europeo y los procedimientos de intercambio de información estadística en el Sistema Europeo de Bancos Centrales, en materia de estadísticas de las finanzas públicas (BCE/2008/7)
DO L 276 de 17.10.2008, p. 32/49
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
Ya no está vigente, Fecha de fin de validez: 01/08/2009
17.10.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 276/32 |
ORIENTACIÓN DEL BANCO CENTRAL EUROPEO
de 5 de septiembre de 2008
por la que se modifica la Orientación BCE/2005/5, de 17 de febrero de 2005, sobre las exigencias de información estadística del Banco Central Europeo y los procedimientos de intercambio de información estadística en el Sistema Europeo de Bancos Centrales, en materia de estadísticas de las finanzas públicas
(BCE/2008/7)
(2008/802/CE)
EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,
Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, y, en particular, los artículos 5.1, 5.2, 12.1 y 14.3,
Considerando lo siguiente:
(1) |
La Orientación BCE/2005/5, de 17 de febrero de 2005, sobre las exigencias de información estadística del Banco Central Europeo y los procedimientos de intercambio de información estadística en el Sistema Europeo de Bancos Centrales, en materia de estadísticas de las finanzas públicas (1), exige que se recopilen datos sobre la deuda pública mantenida por no residentes de un Estado miembro, detallada en deuda mantenida por no residentes dentro y fuera de la zona del euro. Ello permite la compilación de la deuda pública total de la zona del euro mantenida por los no residentes en la zona del euro consolidando las posiciones internas de la zona del euro. Sin embargo esto ya no es necesario porque desde marzo de 2008, como consecuencia de la puesta en marcha de los sistemas de recopilación de datos valor a valor combinada con el uso de la base de datos de valores centralizada (CSDB en sus siglas en inglés), la deuda pública total de la zona del euro mantenida por los no residentes en la zona del euro se publica como parte de la posición de inversión internacional de la zona del euro. La Orientación BCE/2004/15, de 16 de julio de 2004, sobre las exigencias de información estadística del Banco Central Europeo en materia de estadísticas de balanza de pagos, posición de inversión internacional y reservas internacionales (2), establece los datos exigidos para esta estadística. Además, el desarrollo previsto de estos sistemas de recopilación de datos valor a valor y de la CSDB permitirá en su momento compilar la tenencia de deuda pública por países y por sectores. Por tanto, puesto que ya no son necesarias las referencias a «Deuda mantenida por no residentes dentro de la zona del euro» y «Deuda mantenida por no residentes fuera de la zona del euro», deben eliminarse de los anexos I y II de la Orientación BCE/2005/5 para reducir en lo posible la carga informadora. |
(2) |
Las exenciones del anexo IV vencerán al final de septiembre de 2008, de forma que dicho anexo IV será innecesario. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE ORIENTACIÓN:
Artículo 1
La Orientación BCE/2005/5 se modifica como sigue:
1) |
El texto de los anexos I y II se sustituye por el de los anexos de la presente Orientación. |
2) |
Se suprime el anexo IV. |
Artículo 2
La presente Orientación entrará en vigor el 1 de octubre de 2008.
Artículo 3
La presente Orientación se aplicará a todos los bancos centrales del Eurosistema.
Hecho en Fráncfort del Meno, el 5 de septiembre de 2008.
Por el Consejo de Gobierno del BCE
El Presidente del BCE
Jean-Claude TRICHET
(1) DO L 109 de 29.4.2005, p. 81.
(2) DO L 354 de 30.11.2004, p. 34.
ANEXO I
«ANEXO I
EXIGENCIAS DE INFORMACIÓN
El conjunto completo de datos comprenderá las estadísticas de ingresos y gastos (cuadros 1A, 1B y 1C), estadísticas de ajustes entre déficit y deuda (cuadros 2A y 2B) y estadísticas de deuda (cuadros 3A y 3B). Las categorías principales aparecen en negrita. Las demás son las categorías secundarias. Los conjuntos parciales de datos comprenderán al menos las categorías principales incluidas en las estadísticas de ingresos y gastos, estadísticas de ajustes entre déficit y deuda o estadísticas de deuda. Salvo que se indique lo contrario, las categorías se refieren al sector de las administraciones públicas.
ESTADÍSTICAS DE INGRESOS Y GASTOS
Cuadro 1A
Categoría |
No y relaciones lineales |
Déficit (–) o superávit (+) |
1 = 7 – 8 = 2 + 3 + 4 + 5 |
Déficit (–) o superávit (+) de la administración central |
2 |
Déficit (–) o superávit (+) de las comunidades autónomas |
3 |
Déficit (–) o superávit (+) de las corporaciones locales |
4 |
Déficit (–) o superávit (+) de las administraciones de seguridad social |
5 |
Déficit (–) o superávit (+) primarios |
6 = 1 + 26 |
Ingresos totales |
7 = 9 + 31 |
Gastos totales |
8 = 21 + 33 |
Ingresos corrientes |
9 = 10 + 13 + 15 + 18 + 20 |
Impuestos directos |
10 |
de los cuales a pagar por sociedades |
11 |
de los cuales a pagar por hogares |
12 |
Impuestos indirectos |
13 |
Impuestos indirectos de los cuales impuesto sobre el valor añadido |
14 |
Cotizaciones sociales |
15 |
de las cuales cotizaciones sociales efectivas a cargo de los empleadores |
16 |
de las cuales cotizaciones sociales a cargo de los asalariados |
17 |
Otros ingresos corrientes |
18 |
de los cuales intereses por cobrar |
19 |
Ventas |
20 |
Gastos corrientes |
21 = 22 + 26 + 27 + 29 |
Transferencias corrientes |
22 = 23 + 24 + 25 |
Pagos sociales |
23 |
Subvenciones a pagar |
24 |
Otras transferencias corrientes a pagar |
25 |
Intereses a pagar |
26 |
Rentas del trabajo |
27 |
de las cuales sueldos y salarios |
28 |
Consumos intermedios |
29 |
Ahorro bruto |
30 = 9 – 21 |
Ingresos de capital |
31 |
de los cuales impuestos sobre el capital |
32 |
Gasto de capital |
33 = 34 + 35 + 36 |
Inversión |
34 |
Otras adquisiciones netas de activos no financieros |
35 |
Transferencias de capital a pagar |
36 |
Partidas pro memoria |
|
Déficit (–) o superávit (+) en relación con el procedimiento de déficit excesivo |
37 |
Intereses a pagar en relación con el procedimiento de déficit excesivo |
38 |
Ingresos procedentes de la venta de licencias de UMTS |
39 |
Cotizaciones sociales efectivas |
40 |
Prestaciones sociales distintas de transferencias sociales en especie |
41 |
Producto interior bruto |
42 |
Producto interior bruto a precios constantes |
43 |
Inversión pública a precios constantes |
44 |
Cuadro 1B
Categoría |
No y relaciones lineales |
Pagos del Estado miembro al presupuesto de la Unión Europea |
1 = 2 + 4 + 5 + 7 |
Impuestos indirectos por cobrar por el presupuesto de la UE |
2 |
de los cuales IVA cobrado por el presupuesto de la UE |
3 |
Cooperación internacional corriente a pagar por la administración al presupuesto de la UE |
4 |
Transferencias corrientes diversas a pagar por la administración al presupuesto de la UE |
5 |
de las cuales cuarto recurso comunitario |
6 |
Transferencias de capital a pagar por la administración al presupuesto de la UE |
7 |
Gastos de la UE en el Estado miembro |
8 = 9 + 10 + 11 + 12 + 13 |
Subvenciones a pagar por el presupuesto de la UE |
9 |
Transferencias corrientes a pagar por el presupuesto de la UE a la administración |
10 |
Transferencias corrientes a pagar por el presupuesto de la UE a unidades distintas de la administración |
11 |
Transferencias corrientes a pagar por el presupuesto de la UE a la administración |
12 |
Transferencias de capital a pagar por el presupuesto de la UE a unidades distintas de la administración |
13 |
Ingresos netos del presupuesto de la UE (receptor neto +, pagador neto –) |
14 = 8 – 1 |
Partida pro memoria |
|
Gastos de obtención de recursos propios |
15 |
Cuadro 1C
Categoría |
No y relaciones lineales |
Gasto en consumo final |
1 = 2 + 3 = 4 + 5 + 6 + 7 + 8 + 9 – 10 |
Gasto en consumo individual |
2 |
Gasto en consumo colectivo |
3 |
Rentas del trabajo |
4 = [1A.27] (1) |
Consumos intermedios |
5 = [1A.29] |
Transferencias sociales en especie proporcionadas por los productores del mercado |
6 |
Consumo de capital fijo |
7 |
Impuestos sobre la producción pagados menos subvenciones recibidas |
8 |
Excedente de explotación neto |
9 |
Ventas |
10 = [1A.20] |
Partida pro memoria |
|
Gasto en consumo final a precios constantes |
11 |
ESTADÍSTICAS DE AJUSTES ENTRE DÉFICIT Y DEUDA
Cuadro 2A
Categoría |
No y relaciones lineales |
Déficit (–) o superávit (+) |
1 = [1A.1] |
Ajuste entre cuentas financieras y no financieras |
2 = 1 – 3 |
Operaciones netas con activos financieros y pasivos |
3 = 4 – 15 |
Operaciones con activos financieros (consolidadas) |
4 = 5 + 6 + 7 + 8 + 9 + 13 |
Operaciones con efectivo y depósitos |
5 |
Operaciones con valores distintos de acciones – valores a corto y largo plazo |
6 |
Operaciones con derivados financieros |
7 |
Operaciones con préstamos |
8 |
Operaciones con acciones y otras participaciones |
9 |
Privatizaciones |
10 |
Aportaciones de capital |
11 |
Otros |
12 |
Operaciones con otros activos financieros |
13 |
de las cuales impuestos devengados menos ingresos fiscales en efectivo |
14 |
Operaciones con pasivos (consolidadas) |
15 = 16 + 17 + 18 + 19 + 20 + 22 |
Operaciones con efectivo y depósitos |
16 |
Operaciones con valores distintos de acciones – valores a corto plazo |
17 |
Operaciones con valores distintos de acciones – valores a largo plazo |
18 |
Operaciones con derivados financieros |
19 |
Operaciones con préstamos |
20 |
de las cuales préstamos del banco central |
21 |
Operaciones con otros pasivos |
22 |
Operaciones con instrumentos de deuda (consolidadas) = necesidad de financiación de las administraciones públicas |
23 = 16 + 17 + 18 + 20 23 = 25 + 26 + 27 23 = 2 – 1 + 4 – 19 – 22 |
Operaciones con instrumentos de deuda a largo plazo |
24 |
Operaciones con instrumentos de deuda denominados en moneda nacional |
25 |
Operaciones con instrumentos de deuda denominados en moneda extranjera participante (2) |
26 |
Operaciones con instrumentos de deuda denominados en moneda extranjera no participante |
27 |
Otros flujos |
28 = 29 + 32 |
Efectos de valoración en la deuda |
29 = 30 + 31 |
Pérdidas y ganancias por tipo de cambio |
30 |
Otros efectos de valoración – valor nominal |
31 |
Otras variaciones en el volumen de la deuda |
32 |
Variación de la deuda |
33 = 23 + 28 33 = 2 – 1 + 4 – 19 – 22 + 28 |
Cuadro 2B
Categoría |
No y relaciones lineales |
Operaciones con instrumentos de deuda – no consolidadas |
1 = 2 + 3 + 4 + 5 + 6 |
Operaciones con efectivo y depósitos (pasivos) – no consolidadas |
2 |
Operaciones con valores a corto plazo (pasivos) – no consolidadas |
3 |
Operaciones con valores a largo plazo (pasivos) – no consolidadas |
4 |
Operaciones con préstamos del banco central |
5 |
Operaciones con otros préstamos (pasivos) – no consolidadas |
6 |
Operaciones consolidantes |
7 = 8 + 9 + 10 + 11 |
Operaciones consolidantes – efectivo y depósitos |
8 = 2 – [2A.16] |
Operaciones consolidantes – valores a corto plazo |
9 = 3 – [2A.17] |
Operaciones consolidantes – valores a largo plazo |
10 = 4 – [2A.18] |
Operaciones consolidantes – préstamos |
11 = 6 – [2A.20] – [2A.21] |
ESTADÍSTICAS DE DEUDA
Cuadro 3A
Categoría |
No y relaciones lineales |
Deuda |
1 = 2 + 3 + 4 + 5 + 6 = 7 + 12 = 13 + 14 + 15 = 16 + 17 = 19 + 20 + 22 = 24 + 25 + 26 + 27 |
Deuda – efectivo y depósitos (pasivos) |
2 |
Deuda – valores a corto plazo (pasivos) |
3 |
Deuda – valores a largo plazo (pasivos) |
4 |
Deuda – préstamos del banco central (pasivos) |
5 |
Deuda – otros préstamos (pasivos) |
6 |
Deuda mantenida por residentes del Estado miembro |
7 = 8 + 9 + 10 + 11 |
Deuda mantenida por el banco central |
8 |
Deuda mantenida por otras instituciones financieras monetarias |
9 |
Deuda mantenida por otras instituciones financieras |
10 |
Deuda mantenida por otros residentes del Estado miembro |
11 |
Deuda mantenida por no residentes del Estado miembro |
12 |
Deuda denominada en moneda nacional |
13 |
Deuda denominada en moneda extranjera participante |
14 |
Deuda denominada en moneda extranjera no participante |
15 |
Deuda a corto plazo |
16 |
Deuda a largo plazo |
17 |
de la cual a tipo de interés variable |
18 |
Deuda con vencimiento residual de hasta un año |
19 |
Deuda con vencimiento residual de más de un año y hasta cinco años |
20 |
de la cual a tipo de interés variable |
21 |
Deuda con vencimiento residual de más de cinco años |
22 |
de la cual a tipo de interés variable |
23 |
Componente de la administración central |
24 = [3B.7] – [3B.15] |
Componente de las comunidades autónomas |
25 = [3B.9] – [3B.16] |
Componente de deuda de las corporaciones locales |
26 = [3B.11] – [3B.17] |
Componente de las administraciones de seguridad social |
27 = [3B.13] – [3B.18] |
Partidas pro memoria |
|
Vencimiento residual medio de la deuda |
28 |
Deuda – bonos cupón cero |
29 |
Cuadro 3B
Categoría |
No y relaciones lineales |
Deuda (no consolidada) |
1 = 7 + 9 + 11 + 13 |
Elementos consolidantes |
2 = 3 + 4 + 5 + 6 = 8 + 10 + 12 + 14 = 15 + 16 + 17 + 18 |
Elementos consolidantes – efectivo y depósitos |
3 |
Elementos consolidantes – valores a corto plazo |
4 |
Elementos consolidantes – valores a largo plazo |
5 |
Elementos consolidantes – préstamos |
6 |
Deuda emitida por la administración central |
7 |
de la cual mantenida por otros subsectores de la administración |
8 |
Deuda emitida por comunidades autónomas |
9 |
de la cual mantenida por otros subsectores de la administración |
10 |
Deuda emitida por corporaciones locales |
11 |
de la cual mantenida por otros subsectores de la administración |
12 |
Deuda emitida por administraciones de seguridad social |
13 |
de la cual mantenida por otros subsectores de la administración |
14 |
Partidas pro memoria |
|
Tenencias por la administración central de deuda emitida por unidades de otros subsectores de la administración |
15 |
Tenencias por las comunidades autónomas de deuda emitida por unidades de otros subsectores de la administración |
16 |
Tenencias por las corporaciones locales de deuda emitida por unidades de otros subsectores de la administración |
17 |
Tenencias por las administraciones de seguridad social de deuda emitida por unidades de otros subsectores de la administración |
18» |
(1) [x.y] significa la categoría número “y” del cuadro x.
(2) Deben declararse durante los años previos a que el Estado miembro se convierta en Estado miembro participante.
ANEXO II
«ANEXO II
DEFINICIONES METODOLÓGICAS
1. Referencias metodológicas
Las categorías que se enumeran en el anexo I se definen, en general, por referencia al anexo A del SEC 95 y al Reglamento (CE) no 3605/93 del Consejo, de 22 de noviembre de 1993, relativo a la aplicación del Protocolo sobre el procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo, anejo al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (1). En el artículo 1 de la presente orientación se establecen definiciones metodológicas complementarias. En particular, los códigos relativos a los sectores y subsectores se especifican en el cuadro siguiente.
Sectores y subsectores en el SEC 95
|
|
Público |
Privado nacional |
Bajo control extranjero |
Economía en su conjunto |
S.1 |
|
|
|
Sociedades no financieras |
S.11 |
S.11001 |
S.11002 |
S.11003 |
Instituciones financieras |
S.12 |
|
|
|
Banco central |
S.121 |
|
|
|
Otras instituciones financieras monetarias |
S.122 |
S.12201 |
S.12202 |
S.12203 |
Otros intermediarios financieros, excepto las empresas de seguro y los fondos de pensiones |
S.123 |
S.12301 |
S.12302 |
S.12303 |
Auxiliares financieros |
S.124 |
S.12401 |
S.12402 |
S.12403 |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
S.125 |
S.12501 |
S.12502 |
S.12503 |
Administraciones públicas |
S.13 |
|
|
|
Administración central |
S.1311 |
|
|
|
Comunidades autónomas |
S.1312 |
|
|
|
Corporaciones locales |
S.1313 |
|
|
|
Administraciones de seguridad social |
S.1314 |
|
|
|
Hogares |
S.14 |
|
|
|
Instituciones sin fines de lucro al servicio de los hogares |
S.15 |
|
|
|
Resto del mundo |
S.2 |
|
|
|
UE |
S.21 |
|
|
|
Estados miembros de la UE |
S.211 |
|
|
|
Instituciones de la UE |
S.212 |
|
|
|
Terceros países y organizaciones internacionales |
S.22 |
|
|
|
2. Definición de las categorías (2)
Cuadro 1A
1. |
Déficit (-) o superávit (+) [1A.1] es igual a capacidad (+) / necesidad (-) de financiación (B.9) de S.13. |
2. |
Déficit (-) o superávit (+) de la administración central [1A.2] es igual a capacidad (+) / necesidad (-) de financiación (B.9) de S.1311. |
3. |
Déficit (-) o superávit (+) de las comunidades autónomas [1A.3] es igual a capacidad (+) / necesidad (-) de financiación (B.9) de S.1312. |
4. |
Déficit (-) o superávit (+) de las corporaciones locales [1A.4] es igual a capacidad (+) / necesidad (-) de financiación (B.9) de S.1313. |
5. |
Déficit (-) o superávit (+) de las administraciones de seguridad social [1A.5] es igual a capacidad (+) / necesidad (-) de financiación (B.9) de S.1314. |
6. |
Déficit (-) o superávit (+) primarios [1A.6] es igual a déficit (-) o superávit (+) [1A.1], más intereses a pagar [1A.26]. |
7. |
Ingresos totales [1A.7] es igual a ingresos corrientes [1A.9], más ingresos de capital [1A.31]. |
8. |
Gastos totales [1A.8] es igual a gastos corrientes [1A.21], más gastos de capital [1A.33]. |
9. |
Ingresos corrientes [1A.9] es igual a impuestos directos [1A.10], más impuestos indirectos [1A.13], más cotizaciones sociales [1A.15], más otros ingresos corrientes [1A.18], más ventas [1A.20]. |
10. |
Impuestos directos [1A.10] es igual a impuestos corrientes sobre la renta, el patrimonio, etc. (D.5) registrados entre los recursos de S.13. |
11. |
Impuestos directos de los cuales a pagar por sociedades [1A.11] es igual a impuestos corrientes sobre la renta, el patrimonio, etc. (D.5) registrados entre los recursos de S.13 y los empleos de S.11 y S.12. |
12. |
Impuestos directos de los cuales a pagar por hogares [1A.12] es igual a impuestos corrientes sobre la renta, el patrimonio, etc. (D.5) registrados entre los recursos de S.13 y los empleos de S.14. |
13. |
Impuestos indirectos [1A.13] es igual a impuestos sobre la producción y las importaciones (D.2) registrados entre los recursos de S.13, más impuestos indirectos a cobrar por el presupuesto de la UE [1B.2]. |
14. |
Impuestos indirectos de los cuales IVA [1A.14] es igual a impuestos del tipo valor añadido (D.211) registrados entre los recursos de S.13 y S.212. |
15. |
Cotizaciones sociales [1A.15] es igual a cotizaciones sociales (D.61) registradas entre los recursos de S.13. |
16. |
Cotizaciones sociales de las cuales cotizaciones sociales efectivas a cargo de los empleadores [1A.16] es igual a cotizaciones sociales efectivas obligatorias a cargo de los empleadores (D.6111) registradas entre los recursos de S.13. |
17. |
Cotizaciones sociales de las cuales cotizaciones a cargo de los asalariados [1A.17] es igual a cotizaciones sociales a cargo de los asalariados (D.6112) registradas entre los recursos de S.13. |
18. |
Otros ingresos corrientes [1A.18] es igual a rentas de la propiedad (D.4), indemnizaciones de seguro no vida (D.72), cooperación internacional corriente (D.74), y transferencias corrientes diversas (D.75) registradas entre los recursos de S.13, salvo recursos de S.13 de intereses (D.41) que son también empleos de S.13, más ingresos de otras subvenciones a la producción (D.39) que son empleos de S.13, menos transferencias corrientes a pagar por el presupuesto de la UE a la administración [1B.10], más ingresos netos del presupuesto de la UE [1B.14] si son positivos. |
19. |
Otros ingresos corrientes de los cuales intereses por cobrar [1A.19] es igual a intereses (D.41) registrados entre los recursos de S.13 y los empleos de todos los sectores salvo S.13. |
20. |
Ventas [1A.20] es igual a producción de mercado (P.11), más producción para uso final propio (P.12), más pagos de otra producción no de mercado (P.131) registrados entre los recursos de S.13. |
21. |
Gastos corrientes [1A.21] es igual a transferencias corrientes [1A.22], más intereses a pagar [1A.26], más remuneración de los asalariados [1A.27], más consumos intermedios [1A.29]. |
22. |
Transferencias corrientes [1A.22] es igual a pagos sociales [1A.23], más subvenciones [1A.24], más otras transferencias corrientes a pagar [1A.25]. |
23. |
Pagos sociales [1A.23] es igual a prestaciones sociales distintas de las transferencias sociales en especie (D.62), más transferencias sociales en especie relativas a gastos en productos suministrados a los hogares a través de los productores de mercado (D.6311 + D.63121 + D.63131) registradas entre los empleos de S.13, más transferencias corrientes diversas (D.75) registradas entre los empleos de S.13 y los recursos de S.15. |
24. |
Subvenciones a pagar [1A.24] es igual a subvenciones (D.3) registradas entre los recursos de S.13, más subvenciones a pagar por el presupuesto de la UE [1B.9] a residentes nacionales. |
25. |
Otras transferencias corrientes a pagar [1A.25] es igual a impuestos corrientes sobre la renta, el patrimonio, etc. (D.5), otros impuestos sobre la producción (D.29), rentas de la propiedad (D.4) excepto intereses (D.41), primas netas de seguro no vida (D.71), cooperación internacional corriente (D.74) registrados entre los empleos de S.13, y transferencias corrientes diversas (D.75) registradas entre los empleos de S.13 y los recursos de todos los sectores salvo S.15, menos transferencias corrientes (D.74 y D.75) a pagar por la administración al presupuesto de la UE [1B.4 y 1B.5], menos ingresos netos del presupuesto de la UE [1B.14] si son negativos. |
26. |
Intereses a pagar [1A.26] es igual a intereses (D.41) registrados entre los empleos de S.13 y los recursos de todos los sectores salvo S.13. |
27. |
Remuneración de los asalariados [1A.27] es igual a remuneración de los asalariados (D.1) registrada entre los empleos de S.13. |
28. |
Remuneración de los asalariados de la cual sueldos y salarios [1A.28] es igual a sueldos y salarios (D.11) registrados entre los empleos de S.13. |
29. |
Consumos intermedios [1A.29] es igual a consumos intermedios (P.2) registrados entre los empleos de S.13. |
30. |
Ahorro bruto [1A.30] es igual a ingresos corrientes [1A.9], menos gastos corrientes [1A.21]. |
31. |
Ingresos de capital [1A.31] es igual a transferencias de capital por cobrar (D.9) registradas entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13 y registradas como transferencias de capital a pagar por cualquier sector distinto de S.13, menos transferencias de capital a pagar por el presupuesto de la UE a la administración [1B.12]. |
32. |
Ingresos de capital de los cuales impuestos sobre el capital [1A.32] es igual a impuestos sobre el capital (D.91) registrados entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13. |
33. |
Gasto de capital [1A.33] es igual a inversión pública [1A.34], más otras adquisiciones netas de activos no financieros [1A.35], más transferencias de capital a pagar [1A.36]. |
34. |
Inversión [1A.34] es igual a formación bruta de capital fijo (P.51) registrada entre las variaciones de los activos de S.13. |
35. |
Otras adquisiciones netas de activos no financieros [1A.35] es igual a aumento de existencias (P.52), adquisiciones menos cesiones de objetos valiosos (P.53), y adquisiciones menos cesiones de activos no financieros no producidos (K.2) registradas entre las variaciones de los activos de S.13. |
36. |
Transferencias de capital a pagar [1A.36] es igual a transferencias de capital a pagar (D.9) registradas entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13 y registradas como una transferencia de capital por cobrar por cualquier sector distinto de S.13, más transferencias de capital a pagar por el presupuesto de la UE a unidades distintas de la administración [1B.13], menos transferencias de capital a pagar por la administración al presupuesto de la UE [1B.7]. |
37. |
Déficit (-) o superávit (+) en relación con el procedimiento de déficit excesivo [1A.37] es igual a capacidad (+) / necesidad (-) de financiación (B.9), en relación con el procedimiento de déficit excesivo, de S.13. |
38. |
Intereses a pagar en relación con el procedimiento de déficit excesivo [1A.38] es igual a intereses (D.41), en relación con el procedimiento de déficit excesivo, registrados entre los empleos de S.13 y los recursos de todos los sectores salvo S.13. |
39. |
Ingresos procedentes de la venta de licencias de UMTS [1A.39] es igual a ingresos procedentes de la venta de las licencias de telefonía móvil de tercera generación, registrados como disposición de activo no financiero de conformidad con la decisión de Eurostat sobre la adjudicación de licencias de telefonía móvil. |
40. |
Cotizaciones sociales efectivas [1A.40] es igual a cotizaciones sociales efectivas (D.611) registradas entre los recursos de S.13. |
41. |
Prestaciones sociales distintas de transferencias sociales en especie [1A.41] es igual a prestaciones sociales distintas de transferencias sociales en especie (D.62) registradas entre los empleos de S.13. |
42. |
Producto interior bruto [1A.42] es igual a producto interior bruto (B.1*g) a precios de mercado. |
43. |
Producto interior bruto a precios constantes [1A.43] es igual a producto interior bruto (B.1*g) a precios constantes. |
44. |
Inversión pública a precios constantes [1A.44] es igual a formación bruta de capital fijo (P.51) registrada entre las variaciones de los activos de S.13 a precios constantes. |
Cuadro 1B
1. |
Pagos del Estado miembro al presupuesto de la UE [1B.1] es igual a impuestos indirectos por cobrar por el presupuesto de la UE, más cooperación internacional corriente (D.74) a pagar por la administración al presupuesto de la UE [1B.4], más transferencias corrientes diversas (D.75) a pagar por la administración al presupuesto de la UE [1B.5], más transferencias de capital (D.9) a pagar por la administración al presupuesto de la UE [1B.7]. |
2. |
Impuestos indirectos por cobrar por el presupuesto de la UE [1B.2] es igual a impuestos sobre la producción y las importaciones (D.2) registrados entre los recursos de S.212. |
3. |
Impuestos indirectos de los cuales IVA cobrado por el presupuesto de la UE [1B.3] es igual a impuestos del tipo valor añadido (D.211) registrados entre los recursos de S.212. |
4. |
Cooperación internacional corriente a pagar por la administración al presupuesto de la UE [1B.4] es igual a cooperación internacional corriente (D.74) registrada entre los recursos de S.212 y los empleos de S.13. |
5. |
Transferencias corrientes diversas a pagar por la administración al presupuesto de la UE [1B.5] es igual a transferencias corrientes diversas (D.75) registradas entre los recursos de S.212 y los empleos de S.13. |
6. |
Transferencias corrientes diversas a pagar por la administración al presupuesto de la UE de las cuales cuarto recurso comunitario [1B.6] es igual al cuarto recurso propio basado en el producto nacional bruto (PNB) (SEC 95, apartado 4 138) registrado como transferencias corrientes diversas (D.75) entre los recursos de S.212 y los empleos de S.13. |
7. |
Transferencias de capital a pagar por la administración al presupuesto de la UE [1B.7] es igual a transferencias de capital a pagar (D.9) registradas entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13 y registradas como una transferencia de capital por cobrar por S.212. |
8. |
Gasto de la UE en el Estado miembro [1B.8] es igual a subvenciones (D.3) a pagar por el presupuesto de la UE [1B.9], más transferencias corrientes (D.7) a pagar por el presupuesto de la UE a la administración [1B.10], más transferencias corrientes (D.7) a pagar por el presupuesto de la UE a unidades distintas de la administración [1B.11], más transferencias de capital (D.9) a pagar por el presupuesto de la UE a la administración [1B.12], más transferencias de capital (D.9) a pagar por el presupuesto de la UE a unidades distintas de la administración [1B.13]. |
9. |
Subvenciones a pagar por el presupuesto de la UE [1B.9] es igual a subvenciones (D.3) registradas entre los recursos de S.212. |
10. |
Transferencias corrientes a pagar por el presupuesto de la UE a la administración [1B.10] es igual a cooperación internacional corriente (D.74) y transferencias corrientes diversas (D.75) registradas entre los recursos de S.13 y los empleos de S.212. |
11. |
Transferencias corrientes a pagar por el presupuesto de la UE a las unidades distintas de la administración [1B.11] es igual a transferencias corrientes diversas (D.75) registradas entre los empleos de S.212 y los recursos de todos los sectores salvo S.13. |
12. |
Transferencias de capital a pagar por el presupuesto de la UE a la administración [1B.12] es igual a transferencias de capital por cobrar (D.9) registradas entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13 y entre las variaciones de los activos de S.212. |
13. |
Transferencias de capital a pagar por el presupuesto de la UE a las unidades distintas de la administración [1B.13] es igual a transferencias de capital a pagar (D.9) registradas entre las variaciones de los activos de S.212 y las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de todos los sectores salvo S.13. |
14. |
Ingresos netos del presupuesto de la UE [1B.14] es igual a ingresos netos de la administración procedentes del presupuesto de la UE, más los ingresos netos de las unidades distintas de la administración procedentes del presupuesto de la UE. |
15. |
Gastos de obtención de recursos propios [1B.15] es la parte de producción de mercado (P.11) registrada entre los recursos de S.13 igual a los gastos de obtención de recursos propios pagados por el presupuesto de la UE. |
Cuadro 1C
1. |
Gasto en consumo final [1C.1] es igual a gasto en consumo final (P.3) registrado entre los empleos de S.13. |
2. |
Gasto en consumo individual [1C.2] es igual a gasto en consumo individual (P.31) registrado entre los empleos de S.13. |
3. |
Gasto en consumo colectivo [1C.3] es igual a gasto en consumo colectivo (P.32) registrado entre los empleos de S.13. |
4. |
Remuneración de los asalariados [1C.4] es igual a [1A.27]. |
5. |
Consumos intermedios [1C.5] es igual a [1A.29]. |
6. |
Transferencias sociales en especie proporcionadas por los productores del mercado [1C.6] es igual a prestaciones sociales en especie relativas a gastos en productos suministrados a los hogares a través de los productores de mercado (D.6311 + D.63121 + D.63131) registradas entre los empleos de S.13. |
7. |
Consumo de capital fijo [1C.7] es igual a consumo de capital fijo (K.1) registrado entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13. |
8. |
Impuestos sobre la producción pagados menos subvenciones recibidas [1C.8] es igual a los pagos de otros impuestos sobre la producción (D.29) registrados entre los empleos de S.13, menos el ingreso de otras subvenciones a la producción (D.39) registrado entre los empleos de S.13. |
9. |
Excedente de explotación neto [1C.9] es igual a excedente de explotación neto (B.2n) de S.13. |
10. |
Ventas [1C.10] es igual a [1A.20]. |
11. |
Gasto en consumo final a precios constantes [1C.11] es igual a gasto en consumo final (P.3) registrado entre los empleos de S.13 a precios constantes. |
Cuadro 2A
1. |
Déficit (-) o superávit (+) [2A.1] es igual a [1A.1]. |
2. |
Ajuste entre cuentas financieras y no financieras [2A.2] es igual a déficit (-) o superávit (+) [2A.1], menos operaciones netas con activos financieros y pasivos [2A.3]. |
3. |
Operaciones netas con activos financieros y pasivos [2A.3] es igual a operaciones con la adquisición neta de activos financieros [2A.4], menos la contracción neta de operaciones con pasivos [2A.15]. |
4. |
Operaciones con activos financieros [2A.4] es igual a operaciones con efectivo y depósitos (F.2) [2A.5], operaciones con valores distintos de acciones (F.33) [2A.6], operaciones con derivados financieros (F.34) [2A.7], operaciones con préstamos (F.4) [2A.8], operaciones con acciones y otras participaciones (F.5) [2A.9] y operaciones con otros activos financieros [2A.13] registradas entre la variaciones de los activos de S.13 y las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de todos los sectores salvo S.13. |
5. |
Operaciones con efectivo y depósitos (activos) [2A.5] es igual a la adquisición neta de efectivo y depósitos (F.2) registrada entre las variaciones de los activos de S.13 y las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de todos los sectores salvo S.13. |
6. |
Operaciones con valores distintos de acciones – valores a corto y largo plazo (activos) [2A.6] es igual a la adquisición neta de valores distintos de acciones, excluidos los derivados financieros (F.33), registrada entre las variaciones de los activos de S.13 y las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de todos los sectores salvo S.13. |
7. |
Operaciones con derivados financieros (activos) [2A.7] es igual a los pagos netos con respecto a los derivados financieros (F.34) registrados entre las variaciones de los activos de S.13 y las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de todos los sectores salvo S.13. |
8. |
Operaciones con préstamos (activos) [2A.8] es igual a nuevos préstamos (F.4) hechos por la administración, deducidos los reembolsos a la administración, registrados entre las variaciones de los activos de S.13 y las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de todos los sectores salvo S.13. |
9. |
Operaciones con acciones y otras participaciones (activos) [2A.9] es igual a la adquisición neta de acciones y otras participaciones (F.5) registrada entre las variaciones de los activos de S.13. |
10. |
Privatización (neta) [2A.10] es igual a operaciones con acciones y otras participaciones (F.5) registradas entre las variaciones de los activos de S.13 y las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.11 o S.12 que se llevan a cabo en el proceso de cesión u obtención del control (SEC 95, apartado 2.26) (3) de la unidad deudora por S.13; esas operaciones podría efectuarlas S.13 directamente con la unidad deudora o con otra unidad acreedora. |
11. |
Aportaciones de capital (netas) [2A.11] es igual a operaciones con acciones y otras participaciones (F.5) registradas entre las variaciones de los activos de S.13 y las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.11 o S.12 que no se llevan a cabo en el proceso de cesión u obtención del control de la unidad deudora por S.13 y que se llevan a cabo por S.13 directamente con la unidad deudora. |
12. |
Otras [2A.12] es igual a operaciones con acciones y otras participaciones (F.5) registradas entre las variaciones de los activos de S.13 y las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.11, S.12 o S.14 que no se llevan a cabo en el proceso de cesión u obtención del control de la unidad deudora por S.13 y que no se llevan a cabo por S.13 directamente con la unidad deudora sino con otra unidad acreedora. |
13. |
Operaciones con otros activos financieros [2A.13] es igual a la adquisición neta de oro monetario y derechos especiales de giro (F.1) registrada entre las variaciones de los activos de S.13, la adquisición neta de reservas técnicas de seguro (F.6) y otras cuentas pendientes de cobro (F.7) registradas entre las variaciones de los activos de S.13 y las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de todos los sectores salvo S.13. |
14. |
Operaciones con otros activos financieros de las cuales impuestos devengados menos ingresos fiscales en efectivo [2A.14] es igual a la parte de otras cuentas pendientes de cobro/pago (F.7 activos) relativa a los impuestos y las cotizaciones sociales registrados en D2, D5, D6 y D91, menos los importes de los impuestos efectivamente recaudados, registrada entre las variaciones de los activos de S.13 y las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de todos los sectores salvo S.13. |
15. |
Operaciones con pasivos (consolidadas) [2A.15] es igual a operaciones con efectivo y depósitos (F.2) [2A.16], operaciones con valores a corto plazo (F.331) [2A.17], operaciones con valores a largo plazo (F.332) [2A.18], operaciones con derivados financieros (F.34) [2A.19], operaciones con préstamos (F.4) [2A.20] y operaciones con otros pasivos [2A.22] registradas entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13 y las variaciones de los activos de todos los sectores salvo S.13. |
16. |
Operaciones con efectivo y depósitos (pasivos) [2A.16] es igual a la adquisición neta de efectivo y depósitos (F.2) registrada entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13 y las variaciones de los activos de todos los sectores salvo S.13. |
17. |
Operaciones con valores distintos de acciones – valores a corto plazo (pasivos) [2A.17] es igual a la adquisición neta de valores distintos de acciones, excluidos los derivados financieros con vencimiento original hasta un año (F.331), registrada entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13 y las variaciones de los activos de todos los sectores salvo S.13. |
18. |
Operaciones con valores distintos de acciones – valores a largo plazo (pasivos) [2A.18] es igual a la adquisición neta de valores distintos de acciones, excluidos los derivados financieros con vencimiento original superior a un año (F.332), registrada entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13 y las variaciones de los activos de todos los sectores salvo S.13. |
19. |
Operaciones con derivados financieros (pasivos) [2A.19] es igual a ingresos netos con respecto a derivados financieros (F.34) registrados entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13 y las variaciones de los activos de todos los sectores salvo S.13. |
20. |
Operaciones con préstamos (pasivos) [2A.20] es igual a nuevos préstamos (F.4) obtenidos, deducidos los reembolsos de los préstamos existentes, registrados entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13 y las variaciones de los activos de todos los sectores salvo S.13. |
21. |
Operaciones con préstamos de las cuales préstamos del banco central [2A.21] es igual a las operaciones con préstamos (F.4) registradas entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13 y las variaciones de los activos de S.121. |
22. |
Operaciones con otros pasivos [2A.22] es igual a la contracción neta de pasivos en reservas técnicas de seguro (F.6) y cuentas pendientes de pago (F.7) registrada entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13 y las variaciones de los activos de todos los sectores salvo S.13. |
23. |
Operaciones con instrumentos de deuda (consolidadas) [2A.23] es igual a la contracción neta de pasivos en efectivo y depósitos (F.2) [2A.16], valores distintos de acciones, excluidos los derivados [2A.17 y 2A.18] (F.33), y préstamos (F.4) [2A.20]. También se le denomina necesidad de financiación de las administraciones públicas. |
24. |
Operaciones con instrumentos de deuda a largo plazo [2A.24] es igual a la contracción neta de pasivos en instrumentos de deuda [2A.23] con vencimiento original superior a un año. |
25. |
Operaciones con instrumentos de deuda denominados en moneda nacional [2A.25] es igual a la contracción neta de pasivos en instrumentos de deuda [2A.23] denominados en la moneda de curso legal del Estado miembro. |
26. |
Operaciones con instrumentos de deuda denominados en moneda extranjera participante [2A.26] es igual a la contracción neta de pasivos en instrumentos de deuda [2A.23] denominados en ecus, más instrumentos de deuda denominados en euros antes de la adopción del euro por parte del Estado miembro, más instrumentos de deuda denominados en la moneda de curso legal de un Estado miembro participante antes de que se convierta en Estado miembro participante. Se excluye la moneda nacional [2A.25]. |
27. |
Operaciones con instrumentos de deuda denominados en moneda extranjera no participante [2A.27] es igual a la contracción neta de pasivos en instrumentos de deuda [2A.23] no incluida en [2A.25] o [2A.26]. |
28. |
Otros flujos [2A.28] es igual a los efectos de valoración en la deuda [2A.29], más otras variaciones en el volumen de la deuda [2A.32]. |
29. |
Efectos de valoración en la deuda [2A.29] es igual a pérdidas y ganancias por tipo de cambio [2A.30], más otros efectos de valoración – valor nominal [2A.31]. |
30. |
Pérdidas y ganancias por tipo de cambio [2A.30] es igual a ganancias y pérdidas de posesión nominales (K.11) de deuda [3A.1] que cambia de valor al convertirse en moneda nacional debido a las variaciones de los tipos de cambio. |
31. |
Otros efectos de valoración – valor nominal [2A.31] es igual a variación de la deuda [2A.33], menos operaciones con instrumentos de deuda [2A.23], menos pérdidas y ganancias por tipo de cambio [2A.30], menos otras variaciones en el volumen de la deuda [2A.32]. |
32. |
Otras variaciones en el volumen de la deuda [2A.32] es igual a otras variaciones del volumen (K.7, K.8, K.10 y K.12) de pasivos clasificados como efectivo y depósitos (AF.2), valores distintos de acciones, excluidos los derivados financieros (AF.33) o préstamos (AF.4), que no son activos de S.13. |
33. |
Variación de la deuda [2A.33] es igual a la deuda [3A.1] en el año t, menos la deuda [3A.1] en el año t-1. |
Cuadro 2B
1. |
Operaciones con instrumentos de deuda – no consolidadas [2B.1] es igual a operaciones con efectivo y depósitos (pasivos) – no consolidadas [2B.2], más operaciones con valores a corto plazo (pasivos) – no consolidadas [2B.3], operaciones con valores a largo plazo (pasivos) – no consolidadas [2B.4], más operaciones con préstamos del banco central [2B.5], más operaciones con otros préstamos (pasivos) – no consolidadas [2B.6]. |
2. |
Operaciones con efectivo y depósitos (pasivos) – no consolidadas [2B.2] es igual a operaciones con efectivo y depósitos (F.2) registradas entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13. |
3. |
Operaciones con valores a corto plazo (pasivos) – no consolidadas [2B.3] es igual a operaciones con valores distintos de acciones, excluidos los derivados financieros (F.33), cuyo vencimiento original es hasta un año, registradas entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13. |
4. |
Operaciones con valores a largo plazo (pasivos) – no consolidadas [2B.4] es igual a operaciones con valores distintos de acciones, excluidos los derivados financieros (F.33), cuyo vencimiento original es superior a un año, registradas entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13. |
5. |
Operaciones con préstamos del banco central [2B.5] es igual a operaciones con préstamos (F.4) registradas entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13 y las variaciones de los activos de S.121. |
6. |
Operaciones con otros préstamos (pasivos) – no consolidadas [2B.6] es igual a operaciones con préstamos (F.4) registradas entre las variaciones de los pasivos y del patrimonio neto de S.13 y las variaciones de los activos de todos los sectores salvo S.121. |
7. |
Operaciones consolidantes [2B.7] es igual a operaciones con instrumentos de deuda – no consolidadas [2B.1], menos operaciones con instrumentos de deuda [2A.23] consolidadas. |
8. |
Operaciones consolidantes – efectivo y depósitos [2B.8] es igual a operaciones con efectivo y depósitos (pasivos) – no consolidadas [2B.2], menos operaciones con efectivo y depósitos (pasivos) [2A.16] consolidadas. |
9. |
Operaciones consolidantes – valores a corto plazo [2B.9] es igual a operaciones con valores a corto plazo (pasivos) – no consolidadas [2B.3], menos operaciones con valores a corto plazo (pasivos) [2A.17] consolidadas. |
10. |
Operaciones consolidantes – valores a largo plazo [2B.10] es igual a operaciones con valores a largo plazo (pasivos) – no consolidadas [2B.4], menos operaciones con valores a largo plazo (pasivos) [2A.18] consolidadas. |
11. |
Operaciones consolidantes-préstamos [2B.11] es igual a operaciones con otros préstamos (pasivos) – no consolidadas [2B.6], menos operaciones con préstamos (pasivos) [2A.20] consolidadas, menos operaciones con préstamos del banco central [2A.21]. |
Cuadro 3A
1. |
Deuda [3A.1] es la definida en el Reglamento (CE) no 3605/93. |
2. |
Deuda – efectivo y depósitos (pasivos) [3A.2] es igual a la parte de deuda [3A.1] en efectivo y depósitos (AF.2). |
3. |
Deuda – valores a corto plazo (pasivos) [3A.3] es igual a la parte de deuda [3A.1] en valores distintos de acciones, excluidos los derivados financieros (AF.33), cuyo vencimiento original es hasta un año. |
4. |
Deuda – valores a largo plazo (pasivos) [3A.4] es igual a la parte de deuda [3A.1] en valores distintos de acciones, excluidos los derivados financieros (AF.33), cuyo vencimiento original es superior a un año. |
5. |
Deuda – préstamos del banco central (pasivos) [3A.5] es igual a la parte de deuda [3A.1] en préstamos (AF.4) que es activo de S.121. |
6. |
Deuda – otros préstamos (pasivos) [3A.6] es igual a la parte de deuda [3A.1] en préstamos (AF.4) que no es activo de S.121. |
7. |
Deuda mantenida por residentes del Estado miembro [3A.7] es igual a deuda mantenida por el banco central [3A.8], deuda mantenida por otras instituciones financieras monetarias [3A.9], deuda mantenida por otras instituciones financieras [3A.10] y deuda mantenida por otros residentes del Estado miembro [3A.11]. |
8. |
Deuda mantenida por el banco central [3A.8] es igual a la parte de deuda [3A.1] que es activo de S.121. |
9. |
Deuda mantenida por otras instituciones financieras monetarias [3A.9] es igual a la parte de deuda [3A.1] que es activo de S.122. |
10. |
Deuda mantenida por otras instituciones financieras [3A.10] es igual a la parte de deuda [3A.1] que es activo de S.123, S.124 o S.125. |
11. |
Deuda mantenida por otros residentes del Estado miembro [3A.11] es igual a la parte de deuda [3A.1] que es activo de S.11, S.14 o S.15. |
12. |
Deuda mantenida por no residentes del Estado miembro [3A.12] es igual a la parte de deuda [3A.1] que es activo de S.2. |
13. |
Deuda denominada en moneda nacional [3A.13] es igual a la parte de deuda [3A.1] denominada en la moneda de curso legal del Estado miembro. |
14. |
Deuda denominada en moneda extranjera participante [3A.14] es igual – antes de que el Estado miembro se convierta en Estado miembro participante – a la parte de deuda [3A.1] denominada en la moneda de curso legal de uno de los Estados miembros participantes (salvo la moneda nacional [3A.13]), más la deuda denominada en ecus o euros. |
15. |
Deuda denominada en moneda extranjera no participante [3A.15] es igual a la parte de deuda [3A.1] no incluida en [3A.13] o [3A.14]. |
16. |
Deuda a corto plazo [3A.16] es igual a la parte de deuda [3A.1] cuyo vencimiento original es hasta un año. |
17. |
Deuda a largo plazo [3A.17] es igual a la parte de deuda [3A.1] cuyo vencimiento original es superior a un año. |
18. |
Deuda a largo plazo, de la cual a tipo de interés variable [3A.18], es igual a la parte de deuda a largo plazo [3A.17] cuyo tipo de interés es variable. |
19. |
Deuda con vencimiento residual de hasta un año [3A.19] es igual a la parte de deuda [3A.1] cuya vigencia hasta el vencimiento es de hasta un año. |
20. |
Deuda con vencimiento residual de más de un año y hasta cinco años [3A.20] es igual a la parte de deuda [3A.1] cuya vigencia hasta el vencimiento es de más de un año y hasta cinco años. |
21. |
Deuda con vencimiento residual de más de un año y hasta cinco años cuyo tipo de interés variable [3A.21] es igual a la parte de deuda [3A.1] con vencimiento residual de más de un año y hasta cinco años [3A.20] cuyo tipo de interés es variable. |
22. |
Deuda con vencimiento residual de más de cinco años [3A.22] es igual a la parte de deuda [3A.1] cuyo vencimiento residual es superior a cinco años. |
23. |
Deuda con vencimiento residual de más de cinco años, de la cual a tipo de interés variable [3A.23], es igual a la parte de deuda con vencimiento residual de más de cinco años [3A.22] cuyo tipo de interés es variable. |
24. |
Componente de deuda de la administración central [3A.24] es igual a los pasivos de S.1311, que no son activos de S.1311, menos los activos de S.1311 que son pasivos de S.13 distintos de S.1311 [3B.15]. |
25. |
Componente de deuda de las comunidades autónomas [3A.25] es igual a los pasivos de S.1312, que no son activos de S.1312, menos los activos de S.1312 que son pasivos de S.13 distintos de S.1312 [3B.16]. |
26. |
Componente de deuda de las corporaciones locales [3A.26] es igual a los pasivos de S.1313, que no son activos de S.1313, menos los activos de S.1313 que son pasivos de S.13 distintos de S.1313 [3B.17]. |
27. |
Componente de deuda de las administraciones de seguridad social [3A.27] es igual a los pasivos de S.1314, que no son activos de S.1314, menos los activos de S.1314 que son pasivos de S.13 distintos de S.1314 [3B.18]. |
28. |
Vencimiento residual medio de la deuda [3A.28] es el vencimiento residual medio ponderado por los saldos vivos, expresado en años. |
29. |
Deuda – bonos cupón cero [3A.29] es igual a la parte de deuda [3A.1] en forma de bonos cupón cero, es decir, bonos sin pago de cupones cuyo interés se basa en la diferencia entre precio de amortización y de emisión. |
Cuadro 3B
1. |
Deuda – no consolidada [3B.1] es igual a los pasivos de S.13, inclusive los que son activos de S.13, en los mismos instrumentos que la deuda [3A.1]. |
2. |
Elementos consolidantes [3B.2] es igual a los pasivos de S.13 que son al mismo tiempo activos de S.13, en los mismos instrumentos que la deuda [3A.1]. |
3. |
Elementos consolidantes – efectivo y depósitos [3B.3] es igual a la parte de los elementos consolidantes [3B.2] en forma de efectivo y depósitos (F.2). |
4. |
Elementos consolidantes – valores a corto plazo [3B.4] es igual a la parte de los elementos consolidantes [3B.2] en forma de valores distintos de acciones, excluidos los derivados financieros (F.33), cuyo vencimiento original es hasta un año. |
5. |
Elementos consolidantes – valores a largo plazo [3B.5] es igual a la parte de los elementos consolidantes [3B.2] en forma de valores distintos de acciones, excluidos los derivados financieros (F.33), cuyo vencimiento original es superior a un año. |
6. |
Elementos consolidantes – préstamos [3B.6] es igual a la parte de los elementos consolidantes [3B.2] en forma de préstamos (F.4). |
7. |
Deuda emitida por la administración central [3B.7] es igual a los pasivos de S.1311 que no son activos de S.1311, en los mismos instrumentos que la deuda [3A.1]. |
8. |
Deuda emitida por la administración central, de la cual mantenida por otros subsectores de la administración [3B.8], es igual a los pasivos de S.1311 que son activos de S.1312, S.1313 o S.1314, en los mismos instrumentos que la deuda [3A.1]. |
9. |
Deuda emitida por la administración central, de la cual mantenida por otros subsectores de la administración [3B.8], es igual a los pasivos de S.1311 que son activos de S.1312, S.1313 o S.1314, en los mismos instrumentos que la deuda [3A.1]. |
10. |
Deuda emitida por comunidades autónomas, de la cual mantenida por otros subsectores de la administración [3B.10], es igual a los pasivos de S.1312 que son activos de S.1311, S.1313 o S.1314, en los mismos instrumentos que la deuda [3A.1]. |
11. |
Deuda emitida por corporaciones locales [3B.11] es igual a los pasivos de S.1313, que no son activos de S.1313, en los mismos instrumentos que la deuda [3A.1]. |
12. |
Deuda emitida por corporaciones locales, de la cual mantenida por otros subsectores de la administración [3B.12], es igual a los pasivos de S.1313 que son activos de S.1311, S.1312 o S.1314, en los mismos instrumentos que la deuda [3A.1]. |
13. |
Deuda emitida por administraciones de seguridad social [3B.13] es igual a los pasivos de S.1314 que no son activos de S.1314, en los mismos instrumentos que la deuda [3A.1]. |
14. |
Deuda emitida por administraciones de seguridad social, de la cual mantenida por otros subsectores de la administración [3B.14], es igual a los pasivos de S.1314 que son activos de S.1311, S.1312 ó S.1313, en los mismos instrumentos que la deuda [3A.1]. |
15. |
Tenencias por la administración central de deuda emitida por unidades de otros subsectores de la administración [3B.15] es igual a los pasivos de S.1312, S.1313 o S.1314 que son activos de S.1311, en los mismos instrumentos que la deuda [3A.1]. |
16. |
Tenencias por las comunidades autónomas de deuda emitida por unidades de otros subsectores de la administración [3B.16] es igual a los pasivos de S.1311, S.1313 o S.1314 que son activos de S.1312, en los mismos instrumentos que la deuda [3A.1]. |
17. |
Tenencias por las corporaciones locales de deuda emitida por unidades de otros subsectores de la administración [3B.17] es igual a los pasivos de S.1311, S.1312 o S.1314 que son activos de S.1313, en los mismos instrumentos que la deuda [3A.1]. |
18. |
Tenencias por las administraciones de seguridad social de deuda emitida por unidades de otros subsectores de la administración [3B.18] es igual a los pasivos de S.1311, S.1312 o S.1313 que son activos de S.1314, en los mismos instrumentos que la deuda [3A.1].» |
(1) DO L 332 de 31.12.1993, p. 7.
(2) [x.y] significa la categoría número «y» del cuadro x.
(3) Que conduce a la reclasificación de la unidad deudora del subsector S.11001 o S.12 × 01 al subsector S.11002/3 o S.12 × 02/3 o viceversa.