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Documento 12001C005
Treaty of Nice amending the Treaty on European Union, the Treaties establishing the European Communities and certain related acts#Part 1 - Substantive Amendments#Article 5
Tratado de Niza por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea, los Tratados Constitutivos de las Comunidades Europeas y determinados actos conexos
Parte 1 - Modificationes Sustantivas
Articulo 5
Tratado de Niza por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea, los Tratados Constitutivos de las Comunidades Europeas y determinados actos conexos
Parte 1 - Modificationes Sustantivas
Articulo 5
DO C 80 de 10.3.2001, p. 42/42
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
Vigente
Tratado de Niza por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea, los Tratados Constitutivos de las Comunidades Europeas y determinados actos conexos - Parte 1 - Modificationes Sustantivas - Articulo 5
Diario Oficial n° 080 de 10/03/2001 p. 0042 - 0042
Artículo 5 El Protocolo sobre los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo queda modificado de conformidad con lo dispuesto en el presente artículo. En el artículo 10 se añade el apartado siguiente: "10.6. El Consejo, reunido en su formación de Jefes de Estado o de Gobierno, por unanimidad, bien sobre la base de una recomendación del BCE y previa consulta al Parlamento Europeo y a la Comisión, bien sobre la base de una recomendación de la Comisión y previa consulta al Parlamento Europeo y al BCE, podrá modificar lo dispuesto en el artículo 10.2. El Consejo recomendará la adopción de tales modificaciones por los Estados miembros. Dichas modificaciones entrarán en vigor tras su ratificación por todos los Estados miembros de conformidad con sus respectivas normas constitucionales. Toda recomendación que haga el BCE en virtud del presente apartado requerirá una decisión unánime del Consejo de Gobierno.".