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Documento 32016D0039

Decisión (UE) 2016/1975 del Banco Central Europeo, de 8 de noviembre de 2016, sobre la subdelegación de la facultad de conceder acreditaciones provisionales (BCE/2016/39)

DO L 304 de 11.11.2016, p. 9/10 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Estatuto jurídico del documento Ya no está vigente, Fecha de fin de validez: 27/07/2021; derogado por 32021D1274

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2016/1975/oj

11.11.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 304/9


DECISIÓN (UE) 2016/1975 DEL BANCO CENTRAL EUROPEO

de 8 de noviembre de 2016

sobre la subdelegación de la facultad de conceder acreditaciones provisionales (BCE/2016/39)

EL COMITÉ EJECUTIVO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular el artículo 128,

Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, y en particular el artículo 16,

Vista la Decisión BCE/2013/54, de 20 de diciembre de 2013, sobre los procedimientos de acreditación de fabricantes de elementos del euro y elementos de seguridad del euro y por la que se modifica la Decisión BCE/2008/3 (1), y en particular el artículo 3, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

Compete al Comité Ejecutivo adoptar todas las decisiones relativas a la acreditación de los fabricantes conforme a los artículos 6, 16 a 18 y 20 de la Decisión BCE/2013/54 y subdelegar en uno o varios de sus miembros la facultad de conceder acreditaciones provisionales conforme al artículo 6 de dicha Decisión.

(2)

Para simplificar el procedimiento de acreditación, la facultad de conceder acreditaciones provisionales debe subdelegarse en el miembro del Comité Ejecutivo a quien rinda cuentas la Dirección de Billetes.

(3)

A fin de salvaguardar la responsabilidad colegiada del Comité Ejecutivo, el miembro subdelegado de este debe presentar al Comité Ejecutivo un informe anual sobre sus decisiones de acreditación, salvo que no haya adoptado ninguna.

(4)

La Decisión BCE/2012/15 (2) hace referencia a las competencias atribuidas al Comité Ejecutivo en virtud del artículo 2, apartado 3, de la Decisión BCE/2011/8 (3), y del artículo 2, apartado 4, de la Decisión BCE/2010/22 (4). Tanto la Decisión BCE/2011/8 como la Decisión BCE/2010/22 fueron derogadas por la Decisión BCE/2013/54. En beneficio de la claridad, también debe derogarse la Decisión BCE/2012/15.

(5)

Teniendo en cuenta la necesidad de organizar eficientemente el procedimiento de acreditación, así como las solicitudes de acreditación urgentes que se encuentran pendientes, la subdelegación debe producirse lo antes posible y ser efectiva el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Subdelegación

El Comité Ejecutivo delega la facultad de conceder acreditaciones provisionales conforme al artículo 6 de la Decisión BCE/2013/54 en aquel de sus miembros a quien rinda cuentas la Dirección de Billetes.

Artículo 2

Obligación de información

El miembro del Comité Ejecutivo a quien rinda cuentas la Dirección de Billetes presentará al Comité Ejecutivo un informe anual sobre las acreditaciones que haya concedido en virtud del artículo 1, salvo que no haya concedido ninguna.

Artículo 3

Derogación

Se deroga la Decisión BCE/2012/15.

Artículo 4

Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Fráncfort del Meno, el 8 de noviembre de 2016.

El presidente del BCE

Mario DRAGHI


(1)  DO L 57 de 27.2.2014, p. 29.

(2)  Decisión BCE/2012/15, de 17 de julio de 2012, sobre la subdelegación de poderes para conceder, renovar o prorrogar acreditaciones (DO L 209 de 4.8.2012, p. 17).

(3)  Decisión BCE/2011/8, de 21 de junio de 2011, sobre los procedimientos de acreditación medioambiental y de seguridad e higiene para la producción de billetes en euros (DO L 176 de 5.7.2011, p. 52).

(4)  Decisión BCE/2010/22, de 25 de noviembre de 2010, sobre el procedimiento de acreditación de calidad para fabricantes de billetes en euros (DO L 330 de 15.12.2010, p. 14).


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